sábado, septiembre 19 2026
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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) eliminó el límite de valor que regía para las exportaciones realizadas a través del régimen de courier. La medida quedó formalizada mediante la Resolución General 5883/2026, firmada por el titular del organismo, Andrés Vázquez, y entra en vigencia este jueves 30 de julio.

Hasta la sanción de la norma, el régimen de courier (que permite exportar mediante un trámite simplificado y estandarizado en lugar de una destinación de exportación formal con despacho aduanero) tenía un techo de USD 3.000 de valor FOB por envío. Superado ese monto, el exportador quedaba automáticamente excluido del sistema simplificado y debía tramitar una exportación formal, con mayores costos y tiempos de gestión.

Exportaciones: un obstáculo histórico para las pymes

La restricción funcionaba como una barrera para el crecimiento de las empresas argentinas que comenzaban a vender al exterior. Golpeaba en particular a las pymes que exportan productos de bajo volumen físico pero alto valor agregado: vinos, alfajores, dulce de leche, libros o frutas, entre otros rubros típicos de la oferta exportable nacional de pequeña escala.

La Resolución General 5883/2026 modifica la Resolución General 5.608, que regulaba hasta ahora el régimen de importación y exportación simplificada por Prestadores de Servicios Postales (PSP/Courier). El cambio central sustituye el punto 2.2 del Anexo I de esa norma: los envíos de exportación dejan de tener límite de valor. El tope de USD 3.000 sí se mantiene para las importaciones bajo el mismo régimen, que están destinadas al consumo personal.

Menos burocracia, más competitividad

Según explicó ARCA, el objetivo de la reforma es facilitar las operaciones de comercio exterior, reducir las cargas burocráticas y mejorar la competitividad de las empresas argentinas. La medida responde además a un pedido explícito del sector pyme y fue encomendada por la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa.

En la práctica, las empresas que comercializan sus productos a través de plataformas digitales podrán concretar operaciones de mayor monto sin necesidad de fraccionar los envíos para ajustarse al límite anterior, una maniobra habitual hasta ahora para evitar el paso al régimen formal.

La resolución también incorpora ajustes operativos adicionales: simplifica los requisitos documentales para pequeños envíos de importación alcanzados por la exención de derechos y tasa de estadística prevista en el Decreto 1065/2024, y establece nuevas pautas para la conservación digital de la documentación por parte de los prestadores del servicio, con el objetivo de fortalecer la trazabilidad de las operaciones sin sumar cargas a los usuarios.

Cronograma de implementación

Aunque la norma regiría desde el 30 de julio, ARCA aclaró que el cronograma de implementación técnica y las pautas procedimentales complementarias estarán disponibles en el micrositio “Envíos internacionales” de su página web oficial, donde se detallarán etapas, instructivos y preguntas frecuentes para usuarios y operadores del sistema.

Parte de una agenda más amplia de desregulación

La medida se enmarca en el proceso de simplificación del comercio exterior impulsado por el Gobierno nacional, que incluyó además la creación de esquemas como Exportación Monitoreada y la reducción de restricciones cuantitativas y cualitativas para el sector exportador. El Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, junto al Ministerio de Economía, encabezaron el trabajo técnico que derivó en la resolución.

El cambio llega en un contexto en el que el Gobierno viene apostando a ampliar la base exportadora del país incorporando a empresas de menor escala que hasta ahora enfrentaban barreras administrativas desproporcionadas para su tamaño. La eliminación del tope de courier se suma a otras iniciativas orientadas a que más pymes puedan iniciar procesos de internacionalización sin la estructura de comercio exterior que requiere una exportación tradicional