El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria eliminó la obligatoriedad de que los frigoríficos y las plantas de faena cuenten con un director técnico. La medida quedó formalizada en la Resolución 592/2026, publicada en el Boletín Oficial.
La norma deroga dos artículos del Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal, vigente desde 1968. Hasta ahora, cada establecimiento debía designar de forma obligatoria a un profesional (veterinario en plantas Ciclo I, o afines en Ciclo II y III) responsable de supervisar la inocuidad de los procesos productivos.
Una figura considerada redundante
El organismo fundamentó la derogación en la vigencia de la Ley 27.233, que fija la responsabilidad primaria e ineludible de los operadores de la cadena agroalimentaria sobre la calidad de lo que producen. Según SENASA, esa responsabilidad ya está garantizada por la habilitación y la fiscalización oficial permanente que ejerce el organismo a través de sus inspectores veterinarios.
En otras palabras, el director técnico: duplicaba una función que ya cumplía el Estado. La resolución no elimina los controles sanitarios: mantiene la presencia de veterinarios acreditados en los establecimientos donde el nivel de actividad o el riesgo sanitario lo requieran, y conserva la posibilidad de que las empresas designen la figura de manera voluntaria si así lo prefieren.
La medida se dictó junto con la Resolución 591/2026, que eliminó otro conjunto de normas consideradas obsoletas vinculadas a sanidad vegetal. En total, el organismo lleva depuradas 42 disposiciones dentro de un proceso de revisión normativa que viene ejecutando desde hace varios meses.
Parte de un proceso más amplio
La derogación se enmarca en el plan de desregulación que impulsa el Gobierno nacional desde diciembre de 2023, con el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado como principal impulsor. La lógica oficial sostiene que cada costo que el Estado impone a una actividad productiva termina trasladándose al precio final, y que reducir esas cargas es una condición para que los salarios rindan más en términos reales.
El requisito derogado había sido identificado como un sobrecosto innecesario a través de la plataforma “Reportá la Burocracia”, un canal habilitado por el Gobierno para que productores y organizaciones del sector reporten regulaciones consideradas excesivas. El reclamo también aparecía de forma recurrente en encuentros con cámaras y productores del sector cárnico.
Qué cambia para los frigoríficos
En términos prácticos, los establecimientos habilitados por SENASA (hay 1.102 registrados en todo el país, según datos oficiales del organismo) dejan de estar obligados a incorporar y sostener económicamente esa figura profesional. Cada director técnico podía tener a cargo hasta cuatro plantas de faena, con una carga de tareas administrativas que el Gobierno considera redundante frente al trabajo de los inspectores oficiales.
La resolución no altera las facultades de fiscalización de SENASA ni reduce la presencia de veterinarios del organismo dentro de los establecimientos. El cambio se limita a la obligatoriedad de una figura interna de la empresa, no a los controles estatales sobre el producto final.
La discusión de fondo
No todos los actores del sector coinciden con el diagnóstico oficial. Sindicatos de trabajadores de la carne y organizaciones vinculadas al control sanitario advirtieron en el último año que el avance de la desregulación en SENASA podría debilitar la calidad de la fiscalización, en un contexto en el que además se reportaron cuestionamientos de organismos sanitarios de países importadores sobre plantas argentinas. El Gobierno responde que la responsabilidad primaria del operador y la fiscalización oficial directa alcanzan para sostener los estándares de inocuidad.




