El Gobierno intima a sindicatos y empresas a renegociar más de 100 convenios y frena la cuota solidaria
La reglamentación de Sturzenegger pone en marcha el fin de la ultraactividad:
El Gobierno nacional activó uno de los ejes más disruptivos de la reforma laboral: la Secretaría de Trabajo notificará formalmente a las principales cámaras empresarias y cúpulas sindicales la obligación legal de renegociar un paquete inicial de 150 convenios colectivos de trabajo vencidos. La medida, respaldada en el Decreto 407/2026, es el primer paso concreto hacia el desmantelamiento del régimen de ultraactividad que durante décadas blindó acuerdos laborales sin revisión.
La medida fue oficializada en el Boletín Oficial con la firma del presidente Javier Milei y establece que la Secretaría de Trabajo, conducida por Julio Cordero, deberá convocar en un plazo de 30 días la renegociación de los convenios colectivos de trabajo vencidos. El decreto es parte del paquete reglamentario de la Ley de Modernización Laboral 27.802, aprobada en el Congreso en febrero pasado.
El fin de la ultraactividad, el cambio de fondo:
El Gobierno libertario dinamitó de forma definitiva el principio histórico de «ultraactividad», el cual garantizaba la vigencia automática e indefinida de un convenio vencido hasta que se firmara uno nuevo para evitar que los empleados perdieran derechos adquiridos.
El decreto 407 plantea que no sólo se deberán discutir las cuestiones paritarias o algunas cláusulas especiales, sino las cláusulas normativas que definen las condiciones de trabajo en general. Eso incluye escalas salariales, jornadas y licencias, algo que las cámaras empresarias interpretaron como una apertura de todo el esquema convencional.
Para los convenios que no tengan fecha expresa de vencimiento, la autoridad podrá tomar como referencia el 31 de diciembre de 2026 para iniciar el procedimiento de renegociación. Es decir, prácticamente ningún convenio queda exento del proceso.
Sindicatos y cuota solidaria: el otro frente
Junto con la renegociación colectiva, el decreto introduce cambios directos en el financiamiento sindical. El decreto establece que todas las contribuciones, cuotas, fondos o retenciones destinadas a sindicatos, cámaras empresarias, institutos o entidades vinculadas deberán adecuarse a los nuevos topes previstos en la ley.
La caída de la cuota solidaria que los sindicatos cobran a no afiliados ya entró en vigor este mes: los trabajadores deben revisar sus recibos de sueldo para verificar que el empleador no continúe realizando esa retención.
En materia de representación, la reglamentación incorpora requisitos para la participación de empleadores en las negociaciones paritarias y establece mecanismos de control sobre la cantidad de afiliados que declaran las organizaciones sindicales.
La respuesta sindical: denuncia ante la OIT
La CGT no esperó. En su denuncia ante la OIT, presentada en la conferencia anual en Ginebra, los sindicatos advierten que el artículo 137 de la reforma laboral que habilita a la Secretaría de Trabajo a intervenir sobre la vigencia de los convenios generará una conflictividad importante.
El Gobierno decidió además excluir del decreto la regulación de los repartidores y choferes de aplicaciones de delivery, a la espera de las resoluciones de la OIT, para acoplar la normativa argentina a los estándares globales.
El recibo de sueldo también cambia
La reglamentación también alcanza a los recibos de sueldo, que deberán reflejar de manera explícita el costo laboral total de cada trabajador. El nuevo formato invierte la lógica tradicional: hasta ahora, el recibo partía del salario bruto y avanzaba hacia el monto neto. A partir de ahora, el empleador deberá mostrar desde el inicio cuánto le cuesta realmente cada puesto de trabajo.




